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La sección sindical de USO en el ayuntamiento de Lucena ha presentado un nuevo recurso de reposición contra el Decreto de Alcaldía de fecha 28 de julio pasado por el que se disponía la adscripción funcional a la Sociedad Mercantil Serviman Lucena S.L. de determinados trabajadores del Ayuntamiento. Según expone USO, el citado decreto supone una ampliación del dictado un mes antes, mediante el cual se disponía la adscripción funcional de una treintena de personal laboral y funcionario del Ayuntamiento a Serviman-
Para este sindicato, la adscripción funcional que aquí se efectúa vulnera lo establecido en el artículo 2 del EBEP, ya que el mismo excluye a las sociedades mercantiles locales". Además, según USO, el decreto se basa en una premisa falsa, al atribuir a Servimán la gestión de Servicios que son prestados directamente desde las distintas Delegaciones de este Ayuntamiento. Sirva de ejemplo el personal destinado al mantenimiento de caminos municipales, cuya competencia ha sido y sigue siendo de la Delegación de Agricultura, ya que nunca la referida entidad mercantil ha gestionado este servicio.
Igual ocurre, a juicio de USO, con el Oficial Jefe de Equipo del Ayuntamiento quien desde hace décadas viene realizando la supervisión y seguimiento de obras municipales, entre las que cabe destacar las correspondientes al Programa de Fomento de Empleo Agrario (PROFEA), cuya gestión ha correspondido y sigue correspondiendo al Servicio de Obras del Ayuntamiento.
Además USO indica en su recurso que tampoco es cierto que el servicio de Guardería de los Colegios lo venga gestionando Serviman, como queda acreditado en el Organigrama Municipal de la Delegación de Educación del Ayuntamiento. Según este sindicato como prueba de lo antedicho con fecha 9 de agosto se han producido varios escritos del Director en funciones de Serviman Lucena, S.L., dejando sin efecto la adscripción funcional a la referida entidad mercantil, reconociéndose la necesidad de que este personal continúe prestando su cometido profesional en sus Delegaciones de origen.
Por todo ello USO señala que de haber sido cierto que el Ayuntamiento hubiera dejado de prestar directamente estos servicios, habría que haber actuado conforme a lo establecido en los artículos 36 y 47 del vigente Acuerdo Marco, en los que se dice que este tipo de acuerdos deberán realizarse previa negociación con las Secciones Sindicales y que "en el supuesto de privatización ó desaparición de cualquier servicio que se haya venido prestando por el Excmo. Ayuntamiento de Lucena, al personal vinculado a dicho servicio se le garantizará su adscripción, en idénticas condiciones a otro puesto de trabajo directamente prestado por este Ayuntamiento."
USO asegura que existen precedentes de este modo de actuación, como el acuerdo formulado el 2 de febrero de 2009 por el concejal delegado de Personal, José Cantizani Bujalance, previa negociación con las Secciones Sindicales, dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y acuerdo plenario de 24 de febrero de 2009 por el que se procedió a la reconversión de los puestos de trabajo del personal oficios del servicio municipal de electricidad, al pasar a gestionarse dicho servicio a través de la sociedad mercantil Serviman Lucena, SL.
En base a todo ello, USO solicita a la Alcaldía, que se anule el acto recurrido y se declare la improcedencia de la adscripción funcional del personal del Ayuntamiento incluido en ambos Decretos a la sociedad mercantil Serviman Lucena, S.L.
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