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Antes de nada quisiera agradecer a señor Lara Cantizani su interés por informarme. Pero simplemente me ha informado, no me ha convencido.
Antes de nada quisiera agradecer a señor Lara Cantizani su interés por informarme. Pero simplemente me ha informado, no me ha convencido.
Si en su día simplemente me hubiesen comunicado que mi reclamación no procedía se hubiese ahorrado todo esto, pero ahí se ve la preocupación del Ayuntamiento, por no decir otra cosa.
Esto puede desembocar en un dialogo de bobos, pero ya que la Delegación de Innovación y Desarrollo Local hace mención de algunas cosas, quisiera contestar.
Está claro que el Ayuntamiento tiene parte en la comisión mixta de selección, por lo tanto tiene responsabilidad. Ya que nombra el Reglamento de Funcionamiento de Escuelas Taller de 14 de julio de 2004, esto es lo que dice en relación al personal docente:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 09/08/2004
1. Disposiciones generales Consejería de Empleo. RESOLUCION de 14 de julio de 2004, de la Dirección General de Fomento del Empleo del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueba el Reglamento Marco de Régimen Interior de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, en desarrollo de lo dispuesto en la Orden que se cita.
4.2. Requisitos, perfil y características del personal
directivo, docente y de apoyo.
4.2.2. Para los docentes.
Serán requisitos mínimos para ser seleccionados/as:
- Estar en posesión de titulación concreta o categoría
profesional exigida.
- Contar con 1 año mínimo de experiencia profesional relacionada con la materia a impartir.
- Entre los perfiles del personal docente se valorarán
especialmente aspectos tales como:
- Experiencia anterior en otra Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo.
- Experiencia profesional en la formación que se va a impartir. K Experiencia docente en general y en formación profesional ocupacional en particular.
- Acreditación de haber cursado módulos o cursos de igualdad de género, prevención de riesgos laborales, fomento de empleo, metodología didáctica o formador de formadores.
- Cursos de informática, actualización técnica o pedagógica.
- Aquellos otros que se consideren adecuados o convenientes para cada caso concreto.
4.2. Requisitos, perfil y características del personal
directivo, docente y de apoyo.
4.2.2. Para los docentes.
Serán requisitos mínimos para ser seleccionados/as:
- Estar en posesión de titulación concreta o categoría
profesional exigida.
- Contar con 1 año mínimo de experiencia profesional relacionada con la materia a impartir.
- Entre los perfiles del personal docente se valorarán
especialmente aspectos tales como:
- Experiencia anterior en otra Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo.
- Experiencia profesional en la formación que se va a impartir. K Experiencia docente en general y en formación profesional ocupacional en particular.
- Acreditación de haber cursado módulos o cursos de igualdad de género, prevención de riesgos laborales, fomento de empleo, metodología didáctica o formador de formadores.
- Cursos de informática, actualización técnica o pedagógica.
- Aquellos otros que se consideren adecuados o convenientes para cada caso concreto.
La Delegación de Innovación y Desarrollo Local no menciona la valoración de los perfiles del personal, pero si la antigüedad en la inscripción en la demanda de empleo, que me indique donde viene reflejado que hay que basarse en ello.
Primero se atiende la antigüedad en el desempleo y después la preparación de la persona, así se barema, ¿porqué? Manuel Lara no nos supo contestar, es cosa del SAE. Se ve que sabiendo la antigüedad como demandantes con eso les sobra, ya que hace hincapié en eso. Por lo que insisto en la poca preocupación por parte del ayuntamiento.
Manuel Lara tenía una fotocopia con toda la información que ha mencionado pero en ningún momento las bases oficiales ¿Dónde están? ¿Cómo se accede a ellas?
Otra cosa que he de agradecer es que me dijo que no pensaban demandarme por difamación al referirme al enchufismo, pero ya le argumenté el por qué, yo personalmente estoy convencido de que lo hay, no respondió, el que calla otorga.
Mi percepción de todo ello es que lo que está mal formulado es la ley reguladora de escuelas talleres en Córdoba, no se de dónde se sacan la antigüedad, ya que eso sólo pasa en la provincia de Córdoba, ¿que interés habrá en ello? Nadie sabe contestar.
Me sentí escuchado y comprendido por Manuel Lara y entendí que está fuera de su mano y un poco de su interés todo el proceso de selección, su misión en todo esto fue firmar los documentos que le remitió su técnico superior. Ahora él también sabe cómo funciona el proceso, aunque no sabemos si está o no de acuerdo con él. Quedó claro cual es su función, no su opinión.
Quisiera que en ningún momento se interpretara un menosprecio de mi parte hacia los candidatos seleccionados, se merecen todo mi respeto y consideración como buenos lucentinos y excelentes profesionales.
Un saludo.