El Secretario del Ayuntamiento de Lucena estima parcialmente el recurso de IU sobre el aparcamiento de la Huerta del Carmen

Entiende que "la ausencia de valoración técnica del documento de subsanación de deficiencias presentado por HERCE, implica una insuficiente motivación del acuerdo de pleno" y ordena retrotraer las actuaciones

27 de Diciembre de 2024
Parque de la Huerta del Carmen, posible ubicación del nuevo aparcamiento

El Secretario General del Ayuntamiento de Lucena ha estimado parcialmente el recurso de reposición interpuesto por Miguel Villa en nombre de IU contra el acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión ordinaria celebrada el pasado 25 de septiembre, que disponía la tramitación del estudio de viabilidad registrado el pasado 24 de mayo por la empresa HERCE-ICR Aparcamientos, S.L., como actuación preparatoria de un contrato para la construcción y explotación indirecta del aparcamiento de la Huerta del Carmen a través de una concesión administrativa durante un periodo determinado de años, así como el rechazo del estudio de la empresa OHLA Concesiones S.L.U. que proponía un modelo de gestión mixta.

En el documento, al que ha tenido acceso LucenaHoy, el Secretario entiende que el recurrente tendría razón en uno de los cuatro puntos esgrimidos en su recurso, en concreto el tercero, en el que IU apuntaba que se pudo conculcar el principio de competencia y solvencia técnica, por cuanto el órgano el informe de subsanación de deficiencias técnicas en el proyecto de HERCE-ICR detectadas de la consultora Auren en un trámite previo, "no fue sometido nuevamente a la opinión técnica de la empresa que advirtió dichas deficiencias ... sino a la consideración del Consejo de Administración de la EPEL", resultando que los órganos políticos colegiados no tienen competencia para resolver directamente sobre la subsanación de aspectos técnicos en expedientes administrativos, por lo que a juicio de Villa "se habría incurrido en un vicio de incompetencia".

En efecto, el Secretario de la Corporación entiende que "la ausencia de valoración técnica (por parte de Euren) del documento de subsanación de deficiencias presentado por HERCE, implica una insuficiente motivación del acuerdo, lo que infringe el artículo 35 de la Ley 39/2015", por lo que ordena retrotraer las actuaciones hasta el momento de la presentación de dicho escrito para que se proceda en la forma establecida, lo que implicará requerir a la consultora AUREN para que estudie los requerimientos formulados a las dos empresas interesadas en la construcción del aparcamiento, "a fin de que, previo análisis de la misma, proponga la decisión que considere más adecuada en relación con la admisión a trámite o rechazo de los estudios de viabilidad presentados por las referidas mercantiles". Serán entonces cuando el Consejo de Administración de la EPEL Aparcamientos de Lucena, a la vista del informe de AUREN proponga al Pleno Municipal la decisión que considere conveniente.

Respecto al resto de razones esgrimidas por IU para declarar la nulidad de pleno derecho del acuerdo de pleno, el Secretario opta por "rechazar los restantes motivos alegados por el Sr. Villa". 

Cabe señalar que la empresa OHLA Concesiones S.L.U. también ha presentado alegaciones al acuerdo de pleno mediante escrito registrado en el ayuntamiento de Lucena el día 9 de diciembre, en el que viene a coincidir con los argumentos contenidos en el recurso de IU.

Como informamos ayer, el procedimiento administrativo que debe conducir a la licitación de las obras del nuevo aparcamiento de la zona de El Carmen se encontraba paralizado a la espera de esta resolución, firmada por el Secretario el pasado día 23. La continuidad del procedimiento queda ahora a la espera del nuevo informe de la consultora Aurem y el nuevo trámite plenario.

 

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