La Junta de Gobierno del ayuntamiento de Lucena considera que "el uso de las campanas de los templos no sólo está permitido sino que además constituye una realidad cultural y consuetudinaria en la ciudad de Lucena, y el toque de las mismas para los actos religiosos, e incluso con carácter extraordinario, para determinadas actividades o, llegado el caso, para el anuncio de situaciones de emergencia".
Esta es la conclusión principal del informe con el que el equipo de gobierno contesta la reclamación de 130 ciudadanos para que "se regule el uso que hacen las iglesias de esta ciudad de las campanas", reclamación con la que se instaba al consistorio lucentino a establecer una utilización de las campanas de templos como San Mateo, Santiago o Santo Domingo que no perjudique al vecindario, considerando que "se debe moderar su utilización puesto que, tanto los decibelios, como la duración y la frecuencia de las campanadas, son excesivos, y causan molestias a las personas sensibles a tal estruendo, que viven y trabajan cerca de dichos templos".
No obstante, el equipo de gobierno entiende que "cuestión distinta es que su uso y las posibles molestias que el mismo conlleve se vean incrementadas por la utilización de aparatos de reproducción sonora que amplifiquen el sonido como podría estar sucediendo" por lo que se señala la "prohibición de utilizar aparatos eléctricos de sonido de campanas o amplificación del tañido natural de las mismas si con ello se supera el límite de los 65 dB (A) previsto en los objetivos de calidad acústica aplicable al sector del territorio con predominio de uso residencial, dentro de los que se encuentran los templos objeto del citado informe".
Por todo ello, el área de Urbanismo realizará un estudio acústico en el entorno de los templos citados a fin de determinar la existencia de dispositivos amplificadores del tañido y la eliminación o minoración del volumen de los mismos si se superarán los mencionados 65 decibelios.
SATISFACCIÓN DEL OBISPADO
A juicio de la Diócesis de Córdoba el contenido de este informe supone una defensa del uso cultural de las campanas por parte del Ayuntamiento de Lucena y "la desestimación" de la propuesta de este grupo de vecinos
Y es que según el Obispado "ninguna de las parroquias lucentinas utiliza amplificadores o aparatos de reproducción sonora del tañido natural de las campanas" En este sentido el comunicado de la Vicaría de la Campiña al que alude el Obispado indica que solo "se puede interpretar como artificial el himno de la Virgen de Araceli que suena a las doce de la mañana en la parroquia de san Mateo y el himno de la Virgen de Fátima a las seis de la tarde en la misma parroquia pero en ningún caso, sobrepasan, ni uno ni otro, los 65 dB (A) que marca la ley ni suponen un estruendo como se ha llegado a afirmar".
Por todo ello, el Obispado considera resuelta la consulta municipal y asegura que "las parroquias de Lucena seguirán tocando sus campanas como hasta ahora en cuanto a la duración, frecuencia y timbre", añadiendo que el toque de campanas "se hará a horas normales y, a veces, de forma extraordinaria, ya que la ley lo permite".