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LaSección Sindical de la U.S.O en el Ayuntamiento de Lucena ha contestado hoy las declaraciones realizadas ayer por la Concejal Delegada de PolicíaLocal como respuesta a la petición que éste sindicato elevó a laAlcaldía sobre la irregularidad de que funcionarios de Policía Local realizaran servicio de Taxi ante la inoperatividad de los profesionales del Sector.
USO ha calificado como "tierno, blando y dócil" el posicionamiento delaDelegación de Seguridad Ciudadana "en su objetivo de evitar el enfrentamiento con un colectivo autónomo profesinal, y terminar todos contentos" y asegura que "de la primera reunión que la Delegada de Seguridad mantuvo con los profesionales del auto-turismos, deducimos que antepone los intereses de un sector privado al interés general de la ciudadanía, y se pregunta "porqué no invitó a los ciudadanos y afectados por esta inoperancia aformular sugerencias y aportaciones para la mejora del servicio", en lugar de pedirlas a los taxistas.
En cuanto a su declaración de que "... Cualquier usuario que desee contratar un servicio entre las diez de la noche y las seis de la madrugada deberá solicitarlo directamente a la policía local, que tras identificar al solicitante, avisará telefónicamente al taxista de guardia...", USO indica que "la identificación por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad,sólo y exclusivamente estará justificada cuando exista una motivaciónracional como estar a punto de cometer una infracción penal, que vaya aser sancionado por una infracción que afecte a la seguridad ciudadana ola seguridad vial o que haya cometido una infracción penal que noconlleve detención. La negativa infundada a identificarse, dará lugar a la comisión de una falta y podría acabar en detención. Así mismo, todaslas identificaciones deberán ser reflejadas en un libro-registro, dondese indique el motivo justificado de la identificación, quedando ésteadisposición de la Autoridad Judicial Competente y el Ministerio Fiscal".
Con relación a la manifestación pública de María del Mar Morales sobre la posibilidad de derogar parte de la actual ordenanza que obliga al taxi a llevar en la puerta del conductor el escudo dela ciudad, USO indica que "existe un RealDecreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamentonacional de los servicios urbanos e interurbanos de transportes enautomóviles ligeros, en cuyo artículo 33 se indica que "cuando dichos vehículos los taxis se encuentren desocupados llevarán en elparabrisas un cartel de 30 por 20 centímetros en el que en letraproporcionada a tales dimensiones diga Auto-turismo. Libre, sin masdistintivo exterior que las placas reglamentarias con las iniciales S.P. y que en los Municipios donde por no haber auto-taxis realicen un serviciosimilar al de estos, llevarán algún signo externo, como, por ejemplo, elescudo de la ciudad estampado en las puertas y el número de la licenciacorrespondiente".
Entiende USO por tanto que una Ordenanza Municipal, no puede contravenir un Real Decreto, ya que produciría "una nulidadde la norma inferior pues viola el principio de jerarquía".
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