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La Agencia Española de Protección de Datos ha archivado las actuaciones practicadas en relación a la denuncia de la Unión Sindical Obrera (USO) contra el Ayuntamiento de Lucena por la gestión del servicio de taxi. El sindicato solicitaba el esclarecimiento de la instrucción dada desde la Delegación Municipal de Seguridad Ciudadana con el fin de que los agentes de Policía Local recibieran las llamadas e identificaran a los ciudadanos que solicitaran un taxi en la franja de horario nocturno.
La Fiscalía, que no encontró motivo para la intervención, derivó la denuncia a la Agencia Española de Protección de Datos, que inició una investigación de la que ha resuelto que la Policía Local de Lucena, que forma parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, tiene como competencia la seguridad ciudadana en dicho término municipal, competencia que la habilita para el tratamiento de los datos para el cumplimiento de dicha finalidad.
La Agencia expone asimismo que el Ayuntamiento de Lucena ha justificado el tratamiento de los datos de los usuarios del taxi, como el nombre y apellidos, lugar de recogida y de destino en el periodo entre las 22.00 y las 8.00 horas a fin de la prevención y disuasión de los presuntos delincuentes que utilizaban el servicio para el desplazamiento a lugares de venta de estupefacientes, por lo que el tratamiento de los datos de los afectados tiene amparo legal en el cumplimiento por la Policía Local de Lucena de la competencia de seguridad ciudadana que tiene encomendada.
La Delegación de Seguridad Ciudadana había dado instrucciones a la Policía Local de recibir las llamadas de solicitud de taxi en el horario nocturno y recabar los datos personales de los usuarios a petición del colectivo de taxistas, que en varias ocasiones se habían quejado ante el Ayuntamiento lucentino alegando la peligrosidad que entrañaba atender algunas de esas llamadas en el horario de guardia.
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