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Escritor
11 de Diciembre de 2023
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  "La absolución del culpable es la condena del juez"

                             Publio Siro, dramaturgo romano

 

Qué mal funciona la Justicia en España. Pero qué bien y con cuánta picardía se escogen las fechas para difundir alguna de las sentencias judiciales. Veamos dos de las que nos han dejado caer en este macropuente en el que media España está de vacaciones o mirando el alumbrado navideño.

1.- Cristina Cifuentes: indemnizada con 30.000 euros

Fue en 2011 cuando siendo ella solamente diputada del PP en la cámara de Vallecas, fue pillada hurtando unas cremas en un super Cecosa madrileño. Retenida por el servicio de seguridad, pagó el importe y el video de su faena fue ocultado por razón de quien era. Por tanto, este incidente NO le impidió escalar cincos altos cargos más en política y así llegó a: 

Delegada del Gobierno del PP en Madrid, Diputada en la asamblea de Madrid,(2012-2018), Vicepresidenta 1ª en la asamblea de Madrid, Presidenta del PP  de Madrid y poco después Presidenta de la comunidad de Madrid.  

Pero, en marzo de 2018, una investigación de Eldiario.es reveló que Cifuentes había obtenido un master de posgrado en la universidad RJC sin ir a clase, sin examinarse y sin entregar trabajos. Y un mes después, OKdiario publicó el vídeo de las cremas (¿fuego amigo?), y Cifuentes tuvo que dimitir de la Presidencia de Madrid.

A pesar de eso, las irregularidades de su master le resultaron favorables, pues ella no fue condenada a nada, ni siquiera a título lucrativo. Fueron su asesora y una profesora, implicadas en la en la falsedad documental, quienes resultaron condenadas a dos años de inhabilitación, que luego le rebajaron a dos meses. 

Pero Cifuentes no quedó conforme e intentó sin éxito perseguir por lo penal a los dos periodistas de Eldiario,es y promovió un pleito civil contra Cecosa-Eroski para ser indemnizada por la filtración del vídeo de las cremas sustraídas, denunciando que se había violado su intimidad y pedía una indemnización de 450.000 euros.

El juzgado de Primera Instancia num.82 de Madrid desestimó la demanda considerando que se trataba de una "grabación lícita tomada en un establecimiento público y no había prueba alguna de la participación de Cecosa en la divulgación de las imágenes". 

Poco después, Cifuentes recurrió esta sentencia ante  la Audiencia de Madrid que sí falló a su favor, pero rebajando la indemnización a 30.000 euros. Fue entonces cuando Cecosa-Eroski hizo un recurso ante el Tribunal Supremo alegando que se trataban de hechos veraces y constitutivos de un ilícito penal cometido por un personaje público. 

Finalmente el Supremo ha confirmado, en este macropuente, que la sentencia no es excesiva y que la cuantía de 30.000 euros no es exagerada. Eroski tiene que pagarla y NO OkDiario que fue el publicó el vídeo. Eso parece injusto.

2.- Indemnización a titiriteros "terroristas": 4.000 euros

Hace siete años (2016), un juez de la Audiencia Nacional envió a prisión a dos jóvenes titiriteros, a los que acusó de enaltecimiento del terrorismo de ETA y allí permanecieron 5 días encerrados. Todas las teles dieron la noticia y hubo un linchamiento mediático publicando sus nombres y domicilios, pero la causa era tan disparatada que rápidamente fue archivada. Aún así OKdiario continuó tachándoles de "proetarras" muchas veces, por lo que los titiriteros elevaron recurso y ahora, siete años después, durante el macropuente, el Tribunal Supremo ha dictado que OKdiario deberá indemnizar con 4.000 euros a cada uno de los titiriteros 

Conclusión.- Una vez más parece confirmarse que la justicia y el pueblo español actúan con mucha parcialidad según de quien se trate:

a) Cifuentes: absuelta de todo por su máster fraudulento;  sin reproche votante alguno por las cremas sustraídas y, además, indemnizada con 30.000 euros por causa del vídeo que ella  dice lesionó su derecho al honor y a su intimidad.

b) Los dos titiriteros: directos a sufrir cinco días de cárcel  acusados por el juez de enaltecimiento del terrorismo; persecución mediática hasta después de haber sido archivada la causa; y finalmente, 4.000 euros de indemnización.

Más artículos de Alfonso Jiménez en su blog: http://alfonjimenez.blogspot.com/

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