Descartado –tras muchos años sin ejecutarse– el desarrollo mediante sistema de compensación de los tres planes parciales previstos en el Plan General de Ordenación Urbana para las zonas residenciales de Campo de Aras y Cristo Marroquí y tras proponer a los vecinos un borrador de convenio que perseguiría que los mismos acudan de forma "masiva" y "colectiva" a la nueva figura urbanística de la declaración de Asimilado Fuera de Ordenación (DAFO) para poder facilitar a dichas zonas agua de la red municipal, el ayuntamiento estudia ahora una tercera vía, consistente en la redacción de un Plan Especial de Adecuación Ambiental y Territorial.
Así lo anunciaba el pasado viernes el edil de Urbanismo, César del Espino, que no quiso entrar en el detalle de ninguna de las opciones "por su gran complejidad". No obstante Del Espino señaló que "no hay una solución perfecta" para resolver el problema de la regulación urbanística de esta bolsa de vivienda en la que conviven más de 500 edificaciones que constituyen, con independencia de su legalidad, una zona residencial totalmente consolidada.
Dada la urgencia que ha otorgado a la resolución de este problema la decisión de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir se cortar el suministro de agua a estas viviendas, alegando la ilegalidad de la captación y de la distribución del agua en baja por parte de la asociación vecinal Crisaras, Del Espino reconocía que, a día de hoy, la opción del Plan Especial "quizá sea la menos mala" y argumentaba que así lo indica el propio decreto que regula los DAFO, señalando que esta es la figura urbanística más adecuada para los casos en los que existen "muchas edificaciones con necesidades comunes de infraestructuras y servicios".
UNA ALTERNATIVA SUGERIDA TAMBIÉN POR IU
El estudio de esta tercera vía ya fue sugerido la semana pasada por el grupo municipal de IU a través de la web de su grupo político, indicando que para abordar con determinación la solución a este problema, es necesario aceptar que "es un problema de ciudad, la solución debe ser de oficio y a iniciativa e impulso del Ayuntamiento y el coste debe recaer en los propietarios de las viviendas".
Para IUCA el borrador de convenio urbanístico propuesto desde Urbanismo a los vecinos no es "nada apropiado a la realidad social, física y urbanística de Campo de Aras, ya que al ser la solicitud de DAFO, un derecho del propietario y no una obligación, no garantiza que la estrategia diseñada consiga una «masiva» y «colectiva» puesta en común de intereses de vecinos con multitud de situaciones diferentes de uso de sus viviendas". A ello habría que sumar "un elevado pago de tributos por la tramitación de las DAFO y alejarnos de cualquier expectativa futura de una regulación urbanística legal de Campo de Aras y Cristo Marroquí".
Por todo ello IUCA considera que "la solución más plausible y viable, jurídica y técnicamente, sería que el Ayuntamiento iniciara de oficio la redacción de un Plan Especial de Adecuación Ambiental y Territorial para agrupaciones de edificaciones irregulares, previsto en el art. 70.3.g) de la nueva Ley Urbanística de Andalucía (LISTA), siendo ejecutado el mismo por el Ayuntamiento, repercutiendo éste los costes a los propietarios".
Considera IU que esta alternativa facilitaría que la Confederación acepte una suspensión provisional del precinto de la captación y permitiría en un plazo sensato, la ejecución material de dicha infraestructura.
César del Espino ha anunciado que tan pronto como se adopte una decisión definitiva, será comunicada a la Confederación Hidrográfica y adelantó que se va a solicitar una reunión con este organismo, al que asistirían todos los grupos políticos municipales, para poner sobre la mesa estas actuaciones e intentar que quede en suspenso la amenaza de dejar sin suministro a las más de 500 viviendas existentes en esta zona de la ciudad.
Entre tanto, los vecinos agrupados en Crisaras, se reunirán la semana próxima en asamblea para conocer los pormenores de la situación actual, después de que la CHG rechazase nuevamente sus alegatos y confirmase un expediente sancionador sobre el que solo cabe ya un recurso de reposición y acudir a la vía contencioso-administrativa.