DON FRANCISCO JAVIER AGUILAR GARCÍA, 2° TENIENTE DE ALCALDE, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LUCENA (CÓRDOBA), POR DELEGACIÓN DE ALCALDÍA, CONFORME A RESOLUCIÓN N.° 2024/00009174, DE FECHA 13 DE AGOSTO DE 2024, HACE SABER: Que por el Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 7 de agosto de 2024, se ha adoptado acuerdo del siguiente tenor literal: «7.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA, QUE ACUERDA LA DECLARACIÓN DE ASIMILADO AL RÉGIMEN DE FUERA DE ORDENACIÓN DE LAS OBRAS CONSTRUCCIONES, EDIFICACIONES E INSTALACIONES UBICADAS EN SUELO NO URBANIZABLE, URBANIZABLE Y URBANO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LUCENA (GEX-2024/26919).» Dicho acuerdo provisional anteriormente relacionado, en cumplimiento de lo establecido en el art. 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, queda expuesto al público durante treinta días, contados a partir de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, periodo dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Finalizado el periodo de exposición sin que se hayan presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo. Lo que se hace público para general conocimiento. EL 2° TENIENTE DE ALCALDE P.D., (firmado electrónicamente)